La Justicia ordenó reabrir la causa por la muerte de Santiago Maldonado
Había sido archivada por el juez Gustavo Lleral y apunta a la responsabilidad de Gendarmería. De este modo, se revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú. «Nos encontramos ante una muerte traumática con ribetes que podrían ser tildados de dudosos», dice el fallo.
El tribunal federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia reabrirá la causa sobre la muerte de Santiago Maldonado, archivada por el juez Gustavo Lleral, como «abandono de persona». Con Gerndamería en la mira, se descartó que haya habido desaparición forzada de persona.
De acuerdo con el fallo «se investigó una única hipótesis delictiva sin que haya sido objeto de valoración y pronunciamiento algún posible nexo causal entre cualquier omisión de personal de Gendarmería o de quienes se introdujeron en el Río (Chubut) con Maldonado».
De este modo se revocó la resolución del juez federal de Rawson, pero se descartó que se haya producido una desaparición forzada del joven que murió en agosto de 2017 tras el desalojo de una protesta de la comunidad mapuche Pu Lof en el distrito chubutense de Cushamen.
Además se revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú «quien había comparecido voluntariamente a proceso y rechazó las pruebas ofrecidas por las partes procediendo de ese modo a una suerte de archivo de las actuaciones por inexistencia de delito».
«Sin perjuicio de tales conclusiones, lo cierto es que nos encontramos ante una muerte traumática con ribetes que podrían ser tildados de dudosos, por haber acontecido en un contexto de intervención estatal en cuyo desarrollo se hizo uso de las herramientas dotadas a los agentes estatales para la prevención y represión de los delitos», sigue el fallo y agrega que «de allí que corresponda ampliarse la investigación a efectos de verificar o descartar la existencia de alguna otra hipótesis delictiva».
Fuentes
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